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La República 7 Mayo 2012
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RUMBO A LAS ELECCIONES
¿El Tribunal Superior Electoral tendrá la última palabra?
POR PRIMERA VEZ ESTE ORGANISMO TIENE A SU CARGO LOS RECLAMOS CONTENCIOSOS ELECTORALES FUNCIÓN QUE ANTES CORRESPONDÍA A LA JCE
Santa Marte y Adriana Peguero
Santo Domingo

Sobre los hombros de la Junta Central Electoral se mantuvo por muchos años dirimir los conflictos fruto de los procesos electorales de nuestro país que, aunque en progresiva mejoría, suelen conllevar reclamos y alegatos. En ese sentido, estas elecciones del 2012 pasarán a la historia como las primeras en que, en caso de diferencias, la última palabra estará en manos de otro organismo.

 El Tribunal Superior Electoral es un órgano elegido por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) el 20 de diciembre DE 2011 y está integrado por cinco miembros y sus respectivos suplentes.

Es presidido por el doctor Mariano Rodríguez Rijo y lo integran, además, John Guiliani, quien tendrá como suplente a Ernesto Jorge Suncar; Mabel Feliz Báez, y su suplente Rosa Pérez de García; José Manuel Hernández Peguero, con  su suplente Alfredo González Pérez y Marino Mendoza y su suplente Braulio Alcántara.

El presidente del TSE tendrá como suplente a Román Jáquez Liranzo. La sesión donde fueron designados fue presidida por el presidente Leonel Fernández en el Palacio Nacional, quien estuvo acompañado de los demás integrantes del CNM.

El nuevo órgano fue creado  en la Constitución vigente, que el pasado 26 de enero cumplió dos años de promulgada.

Las vistas públicas para elegir esta Corte, al igual que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y el Tribunal Constitucional,  se iniciaron el 11 de agosto  de 2011.

Sus atribuciones
E l 12 de octubre pasado, el Consejo Nacional de la Magistratura inició las  sesiones para evaluar a los jueces aspirantes al TSE, cuya escogencia tuvo lugar le 20 de diciembre en el Palacio Nacional, en una sesión de poco tiempo de duración. Fueron elegidos por un período de cuatro años.

Reglamentará de conformidad con la ley los procedimientos de su competencia y todo lo relativo a su organización y funcionamiento administrativo y financiero.

Es el órgano competente, según establece el artículo 214 de la Constitución, para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones, movimientos políticos o entre éstos.

Corresponde al pleno del Tribunal Superior Electoral la resolución de la acción de queja, para el juzgamiento y sanción de las infracciones electorales y resolver los temas internos de las organizaciones políticas sometidos a su competencia.

Entre sus atribuciones figuran las de conocer los recursos de apelación a las decisiones adoptadas por las juntas electorales, conocer de los conflictos internos de los partidos y organizaciones políticas reconocidos o entre éstos, sobre la base de apoderamiento por una o más partes involucradas, siempre circunscribiendo su intervención a los casos en los cuales se violen disposiciones de la Constitución, la ley, los reglamentos o los estatutos partidarios.

Además, le toca conocer de las impugnaciones y recusaciones de los miembros de las juntas electorales, decidir respecto de los recursos de revisión contra sus propias decisiones cuando concurran las condiciones establecidas por el derecho común y ordenar la celebración de nuevas elecciones cuando hubieren sido anuladas, las que se hayan celebrado en determinados colegios electorales, siempre que la votación en éstos sea susceptible de afectar el resultado de la elección.

Otras de sus atribuciones son conocer de las rectificaciones de las actas del Estado Civil que tengan un carácter judicial, de conformidad con las leyes vigentes y los conflictos surgidos a raíz de la celebración de plebiscitos y referéndums.

El Tribunal Superior Electoral es el responsable, para la regulación de los procedimientos de naturaleza contenciosa electoral, de dictar un Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales que establecerán los requisitos, formalidades, procedimientos, recursos y plazos para el acceso a la justicia contenciosa electoral y que determinará las demás atribuciones de carácter contencioso de las Juntas Electorales.

Creación del TSE y los requisitos para ser miembro
La Asamblea Revisora aprobó el 1º de julio de 2011 la creación del TSE, según lo establecido en los artículos 240 y 241 de la Constitución. Este organismo asumiría el aspecto contencioso de los temas electorales y le restaría esas funciones a la Junta Central Electoral, que sólo organizarían los comicios.

Para optar por ser juez o suplente del TSE sólo se requiere ser dominicano de nacimiento u origen, tener más de treinta años de edad, estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, ser licenciado o doctor en derecho, con no menos de 12 años de ejercicio, de docencia universitaria en el área de derecho o de haber desempeñado por igual tiempo, funciones de juez dentro del Poder Judicial o representante del Ministerio Público, y haber realizado estudios en asuntos electorales o en derecho público.

PERFILES
Mariano Rodríguez Rijo (presidente)

Es doctor en derecho y profesor universitario,  graduado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). También es licenciado en Filosofía, graduado de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), donde ocupó la dirección del Departamento de  Ciencias Jurídicas.

Ocupó la posición de presidente de la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral (JCE) en el período 2006-2010. Previamente fue presidente de la Junta Electoral del Distrito Nacional (1999-2006).

Tiene un diplomado en Prevención y Solución de Conflictos en la PUCMM y la Universidad de Valparaíso, Chile.

Mabel Féliz
Al momento de ser elegida era la presidenta del Consejo Nacional de Drogas (CND), funciones que desempeñaba desde 2006. Es la primera mujer en ocupar la presidencia de esta institución.

Es doctora en Derecho, egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), y tiene una amplia formación en Relaciones Internacionales, ocupando varios cargos en la embajada dominicana en Roma, Italia. Fue consultora jurídica del Consejo Legal del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel). Es catedrática de la Universidad Tecnológica de Santiago (Utesa).

John Guiliani,  ex juez JCE
John Guiliani nació en Barahona. Es doctor en derecho, carrera que empezó a ejercer desde 1985. Egresado de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, (UASD). Es miembro del Colegio de Abogados y de Notarios de la República Dominicana.

Fue juez de la Junta Central Electoral (JCE) en la gestión que concluyó en 2010. Realizó cursos de criminología, Registro Civil y Estadísticas Vitales, Sucesiones, Derecho Internacional, Protocolo de Estado, Derecho Diplomático, Consular y Relaciones Internacionales. En la actualidad tiene su propia oficina, donde ofrece servicios jurídicos.

José Manuel Hernández Peguero, ex fiscal del Distrito Nacional
El 17 de marzo de 1984 Hernández Peguero alcanzó el título de doctor en Derecho en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). En enero del año 1990, junto a su padre y hermanos, inauguró el bufete de abogados Hernández & Hernández. Aspiró a diputado y a síndico por el Distrito Nacional por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Fue fiscal del Distrito Nacional durante cuatro años ininterrumpidos desde el 2004 hasta agosto de 2008.

Durante su gestión desarrolló una amplia estructura de apoyo a las mujeres maltratadas e innovó con fiscalías barriales.

Marino Mendoza, periodista
Nació en La Vega el 19 noviembre de 1955. Es periodista, abogado y político.  Fue diputado del Partido Revolucionario  Dominicano (PRD) por San Cristóbal durante el período 2004-2008 y un cercano colaborador del extinto líder perredeísta José Francisco Peña Gómez, de quien fue jefe de prensa en una ocasión.

Laboró como director de Noti Tiempo, de Radio Comercial, y comentarista del programa El Gobierno de la Mañana, que se transmite por la emisora La Z-101.

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